Necesidad de abogados en
publicidad digital personalizada
No se puede olvidar que los
abogados son quienes conocen profesionalmente el derecho, es lamentable que se
considere que la existencia de normas específicas baste para lograr hacer las
relaciones jurídicas con validez jurídica; el abogado es el encargado de
descifrar y atender el trasfondo jurídico de los casos, es decir, la forma en
la que los derechos y deberes aplican en la relación jurídica. Con la
publicidad digital personalizada existe su efecto jurídico, o sea que el
derecho se debe cumplir en cada vínculo jurídico que la involucre por el mero
hecho de su existencia, sin necesidad de contar con normas sobre todos sus
elementos, explícitamente; porque se trata de lograr ejercer los derechos y
deberes en el caso, según procedan, ante cada quien, otra cosa es que las
normas faciliten ello cuando son de calidad diligente, es decir,
simplificadoras de la forma de saber cómo aplicarlos.
Sin dejar de lado el que no todo
lo que se presente como norma lo sea, solo lo son las formas que aclaren
elementos del deber ser jurídico, es decir, de los derechos y deberes y, en
definitiva, de la libertad, incluido el límite, jurídicamente; por eso, una
nueva norma existe cuando se obtiene (una nueva) claridad jurídica, es decir,
la precisión y facilitación de un elemento de la forma de ejercer la libertad,
es decir, de atender lo permitido, jurídicamente. En los casos sobre publicidad
digital personalizada los abogados son quienes pueden y, como tal, deben
decodificar cómo debe existir jurídicamente, según la forma de cada caso,
conforme el todo de su hecho, creado por el resultado de la unión de sus
hechos, todas las personas, como individuos y organizaciones, que participen en
él deben cumplir con ello, según lo que le corresponda a cada una de acuerdo
con su forma jurídica en el caso. En eso consiste la responsabilidad jurídica,
por lo que, incluso, correctivamente, es el insumo que aclara cuándo, incluido,
cómo, existe culpa, negligente o dolosa, ante esta forma de publicidad, y cómo
se debe asumir la consecuencia de ello, a la medida del conflicto.
Los abogados conocemos y
aplicamos los fundamentos del derecho para obtenerlo, es decir, los elementos
de la libertad, sus características, requisitos; eso no se define, totalmente,
en normas puntuales. Los abogados son necesarios, así, como profesionales de lo
jurídico. El comercio electrónico se relaciona esencialmente con la publicidad
digital personalizada, al ser la forma de atender, eficazmente, a la persona de
cada consumidor, individual u organizacional, cuando todo existe
diligentemente, es decir, cuando la empresa y los terceros que actúan en su
representación actúan de acuerdo con lo procedente jurídicamente, cuando el
consumidor la dimensiona válidamente y, en general, actúa con armonía jurídica
en lo que le competa, por ejemplo, en la entrega, adecuada, de sus datos
personales, cuando, previamente, ha ejercido, con seguridad jurídica, su
consentimiento afirmativamente al respecto, y cuando cualquier tercero, es
decir, cualquier persona distinta a las partes del vínculo directo (empresa y
consumidor), prevé y, como tal, atiende jurídicamente lo de su capacidad
jurídica, por ejemplo, una autoridad pública, así es como existe lo conocido
como debido proceso (actuación adecuada jurídicamente).
La solución es clara (la
precisión jurídica), basta con que estemos actualizados para entender,
descifrar y atender los elementos del derecho a la medida de las
particularidades jurídicas de la publicidad digital personalizada; por ejemplo,
en temas como la generación de algoritmos publicitarios válidos, por ende,
gracias a su creación/estructuración idónea jurídicamente y a su consecuente
entrenamiento con optimidad jurídica para que, así, sea una forma para realizar
la personalización, con eficacia jurídica, cuando, a la vez, el consumidor y
cualquier tercero son diligentes, a la medida del caso. Si quisiéramos regular
algo sobre esta forma de publicidad, la norma debería indicar: la publicidad
digital personalizada se somete al derecho, a sus fundamentos. Con eso basta, y
quedaría explícito (claro explícitamente, públicamente); pero eso no se
necesita, ya existe el derecho, es suficiente, y existen los abogados. Las
nuevas normas solo existen cuando es necesario precisar algo, específico,
concreto; de ser necesario. Lo demás es una complicación antijurídica
(innecesaria), inviabilizadora.
Centrémonos en el derecho;
ejerzámoslo. Solucionemos los problemas jurídicos en relación con la publicidad
digital personalizada, preventiva y correctivamente. Para que la publicidad sea
válida y, de existir conflictos, los problemas antijurídicos sobre sus
elementos se resuelvan contundentemente. La receta existe, y se debe aclarar y
aplicar a la medida de cada asunto jurídico sobre esta dinámica publicitaria.
Solo los verdaderos abogados lo logran, quienes dependen de la explicitación
integral del derecho mediante normas específicas no son profesionales del
derecho, otra cosa es conocer el derecho y así saber cumplir con cada norma
frente al efecto jurídico del todo de publicidad digital personalizada
existente en cada caso, todo que existe, por ejemplo, por el resultado de la
unión de los efectos presentes sobre perfilamiento del consumidor, y antes de
ello, sobre la comunicación efectiva de la información para poder perfilarlo,
de ser aceptado (por tanto, válidamente).
La personalización es una oferta
de la empresa al consumidor y se debe realizar cuando este la acepta, en eso
consiste la atención de su persona en cuanto a ello; claro, si el consumidor
rechaza la personalización, antes de su ocurrencia y bajo la claridad oportuna
de la oferta de una experiencia de personalización, la atención de su persona
consiste, precisamente, en parar en ese momento la gestión publicitaria ante su
persona. Todo depende del caso: por supuesto, los consumidores que desean ser
personalizados y las empresas que desean personalizar necesitan de la claridad
jurídica que da la abogacía profesional de lo jurídico, de abogados; que podrán
usar legaltech para potenciar la forma de realizar su trabajo, bajo su esencia
jurídica profesional; eso es lo característico y necesitado de los seres
humanos profesionales del derecho. Las normas puntuales y, en general, el
derecho solo se puede cumplir con esa precisión que logran los abogados, a
nivel abstracto para un conocimiento universal de los derechos y, por ende,
deberes (es decir, de la libertad, incluido su límite) y en concreto para poder
atender, efectivamente, el caso, dada su particularidad; según la forma
publicitaria digital personalizada. El abogado descifra y viabiliza la forma de
la validez jurídica según cada relación.
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