viernes, 9 de enero de 2026

El abogado estratégico: anticiparse, escuchar y acompañar para generar valor

El abogado estratégico: anticiparse, escuchar y acompañar para generar valor

En un mercado legal cada vez más competitivo, ser técnicamente competente ya no basta. Los abogados que aspiran a convertirse en piezas clave del rompecabezas actual deben trascender la práctica jurídica y convertirse en asesores de confianza, capaces de entender el negocio, anticipar oportunidades y construir relaciones duraderas.

Cuando hablo de negocio, no me refiero al ejercicio puro y duro de la profesión, pues estar preparado técnicamente como abogado es lo mínimo esperado para serlo. Me refiero a entender cómo conseguir clientes, cómo conectar con ellos, cómo cobrarles, entender sus necesidades, su industria, su negocio y así poder aspirar a convertirse en ese asesor de confianza, aquel profesional cercano que el cliente busca para pedir una opinión, para conversar sobre temas propios del negocio o incluso de la vida personal.

¿Y cómo podemos aspirar a ser ese asesor de confianza o estratégico si pocas veces buscamos al cliente, a menos que él nos haya buscado para algo en particular? Lo atendemos para su consulta, pero rara vez entramos a conocer en detalle su negocio, buscamos u ofrecemos consejos, ideas o identificamos oportunidades de manera anticipada que puedan apoyar su desarrollo. Queremos ser considerados como el personaje clave que el cliente busca para lo que requiera en temas legales, pero no desarrollamos una relación cercana y a largo plazo que genere la confianza que entrega el que está atento, pendiente y siempre anticipándose a problemas, oportunidades y estrategia.



Una invitación para iniciar el año

Empecemos el año pensando en qué y cómo quiero que sea mi aproximación a mis clientes.

Indicaciones prácticas (The Trusted Advisor)

  • Construir confianza requiere consistencia y empatía: el cliente confía en quien demuestra interés genuino por su realidad y se involucra en su contexto (Maister, Green, & Galford, 2000).
  • Pasar de experto a consejero: el verdadero valor está en trascender la respuesta puntual y convertirse en acompañante estratégico.
  • Escuchar antes de aconsejar: la confianza se cimenta en la capacidad de escuchar activamente y comprender antes de ofrecer soluciones.
  • Definir pasos claros de acción: cada interacción debe dejar al cliente con una idea concreta de lo que sigue, reforzando la percepción de guía y apoyo.

Empecemos:

  1. Decidir la aproximación: ¿quiero ser solo técnico o un asesor integral?
  2. Planear conversaciones proactivas: buscar al cliente no solo cuando hay un asunto legal, sino para explorar su negocio.
  3. Anticipar oportunidades: identificar riesgos y estrategias antes de que el cliente los perciba.
  4. Convertir cada encuentro en un paso hacia la confianza: cerrar con claridad sobre próximos pasos, mostrando que estoy presente y disponible.

 


jueves, 8 de enero de 2026

Límites del Derecho Internacional, “Entre Justicia y Ley”.

El mundo amaneció el pasado 3 de enero de 2026 con una noticia que dividió opiniones: la captura del presidente venezolano Nicolás Maduro por parte de fuerzas especiales estadounidenses.

Para algunos fue un acto de justicia largamente esperado; para otros, una violación flagrante del Derecho Internacional. En medio de la euforia y la condena, la discusión se volvió esencialmente jurídica y ética: ¿fue legal esta intervención? ¿Y puede considerarse legítima en nombre de los derechos humanos?

La Dra. Lizbeth Padilla ofreció un análisis provocador sobre el hecho en su columna publicada en Plano Aguascalientes “El Derecho Internacional contra el crimen que utiliza al Estado para delinquir: Maduro en Venezuela”. La autora, experta en Derecho Disciplinario y Penal de excepción, parte de una premisa contundente: los Estados no pueden escudarse en la soberanía para violar sistemáticamente los derechos humanos ni para proteger a quienes utilizan el poder público como estructura criminal. Desde esa óptica, examina la operatividad del Derecho Internacional a la luz de las Convenciones de Naciones Unidas contra el Crimen Organizado, la Corrupción y el Narcotráfico, instrumentos que —como señala— permiten la cooperación transnacional en la persecución de delitos de alcance global.



La Dra. Padilla explica que, en los casos donde un jefe de Estado utiliza el aparato gubernamental para delinquir, el Derecho Internacional prevé figuras como la autoría mediata por organización, —desarrollada por Claus Roxin—, que permite imputar responsabilidad penal a quienes, desde la cúspide del poder, ordenan o toleran crímenes a través de subordinados. Su columna no busca justificar ni condenar la captura de Maduro, sino mostrar que, desde la perspectiva técnica del Derecho Internacional, existen mecanismos jurídicos que pueden operar más allá de las fronteras cuando se trata de crímenes que amenazan a la comunidad internacional. Es, en esencia, un artículo que invita a reflexionar sobre hasta dónde puede llegar el Derecho cuando el Estado mismo se vuelve criminal.

Sin embargo, el marco normativo vigente es más restrictivo. El Derecho Internacional Público, fundado en la Carta de las Naciones Unidas, establece en su artículo 2, párrafo 4, la prohibición del uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, salvo en casos de legítima defensa o con autorización del Consejo de Seguridad. En el caso venezolano, no existió ataque armado alguno ni resolución de Naciones Unidas que avalara una intervención militar. Por lo tanto, desde una lectura estrictamente jurídica, la incursión estadounidense se encuentra fuera de los cauces legales internacionales y vulnera el principio de soberanía nacional.

El debate, sin embargo, no puede agotarse en los límites formales de la legalidad. Cuando un gobierno se convierte en el principal agresor de su propio pueblo, el dilema ético se impone: ¿debe la comunidad internacional permanecer inmóvil frente a la tiranía? El razonamiento que subyace en la exposición de la Dra. Padilla refleja precisamente esa tensión entre el deber de actuar y la obligación de respetar las reglas. El Derecho Penal de Excepción, al que alude, no es una carta blanca para la intervención, sino una categoría que busca explicar cómo el derecho se adapta para enfrentar amenazas a la seguridad nacional estadounidense que rebasan la lógica penal ordinaria, como el terrorismo o el crimen organizado transnacional. Su reflexión, más que defender la operación militar, describe cómo estas normas de excepción operan en contextos donde el poder estatal se convierte en instrumento del delito.

Desde otra perspectiva, el Dr. Edgardo Buscaglia, especialista en crimen organizado y gobernanza global, expresó públicamente que apoyaría la captura de un dictador o criminal de Estado, siempre que se realizara dentro del marco del Derecho Internacional. A su juicio, lo ocurrido el 3 de enero violó tanto el Derecho Internacional como la Constitución de los Estados Unidos. Su argumento es tan claro como contundente: no se puede combatir la impunidad destruyendo las normas que sostienen el orden jurídico mundial. Si los Estados poderosos actúan al margen de la legalidad, la justicia deja de ser un principio y se convierte en una herramienta política. Buscaglia advierte que la legitimidad moral no puede sustituir la legitimidad jurídica, porque cuando la fuerza reemplaza al derecho, la comunidad internacional retrocede al terreno del poder sin ley.

El expresidente Donald Trump, al afirmar públicamente que “vamos por el petróleo”, añadió una capa de complejidad al asunto. Esa declaración, más allá de su tono político, pone en evidencia que las motivaciones económicas siguen presentes en la geopolítica contemporánea. Si una intervención militar se ejecuta con fines económicos o de control de recursos, el Derecho Internacional la considera un acto de agresión. En otras palabras, la defensa de la democracia no puede ser pretexto para una invasión motivada por intereses materiales o energéticos.

Aún más curioso resulta que, según fuentes de inteligencia, la propia CIA habría recomendado que una integrante del gobierno de Maduro, identificada como Delcy Rodríguez, asumiera el mando tras la captura, bajo el argumento de que cuenta con mayor apoyo y legitimidad que la oposición. Ese detalle, aparentemente menor, desnuda una contradicción de fondo: si el régimen es considerado ilegítimo y criminal, ¿cómo puede validarse una sucesión desde dentro del mismo aparato de poder? Reconocer a una figura del régimen como opción legítima equivale, en términos jurídicos, a reconocer la validez parcial de la estructura que se pretendía desmantelar. Es una paradoja que revela la distancia entre el discurso de legalidad y la práctica política, y que refuerza la lectura de Buscaglia: cuando el combate al crimen se desvincula del Derecho, el resultado no es justicia, sino una forma de política encubierta bajo el lenguaje jurídico.

Desde el punto de vista jurídico, si existían indicios de crímenes graves cometidos por un jefe de Estado, el camino legítimo era acudir a los mecanismos previstos por el propio derecho internacional: la cooperación penal mediante tratados de extradición, la activación de la Corte Penal Internacional o la intervención del Consejo de Seguridad de la ONU. Estos procedimientos son más lentos y políticamente complejos, pero preservan la legitimidad de la justicia y mantienen a salvo la arquitectura jurídica global que se ha construido tras décadas de guerras y abusos.

La captura de Nicolás Maduro plantea, en última instancia, un dilema que atraviesa todo el Derecho contemporáneo: cómo proteger los derechos humanos sin destruir el marco jurídico que los resguarda. La Dra. Padilla nos invita a mirar el Derecho desde su operatividad, desde las herramientas que la comunidad internacional tiene para actuar cuando los Estados fallan en proteger a su gente. Edgardo Buscaglia nos recuerda que el fin nunca puede justificar la violación de la ley. Ambos coinciden, aunque desde perspectivas distintas, en que el poder no puede estar por encima del derecho.

Quizá ahí radique la lección más importante: el desafío de nuestra época no es elegir entre justicia o legalidad, sino aprender a hacer justicia dentro de la legalidad. Solo entonces el Derecho Internacional podrá ser, verdaderamente, un instrumento al servicio de la humanidad y no de la fuerza.

                


miércoles, 7 de enero de 2026

Perspectiva jurídica 2026

 

Perspectiva jurídica 2026

En este año convergen tres reformas que modificarán sustancialmente el ámbito jurídico y las implicaciones sociales y políticas.

Iniciamos con la reforma electoral 2026, caracterizada por el rediseño del tablero.

La reforma electoral impulsada por el Ejecutivo será el eje central del periodo legislativo. Entre los temas en discusión están la revisión del sistema de representación proporcional, reducción del financiamiento público a partidos, redefinición de atribuciones del INE y de los Organismos Públicos Electorales (OPLEs) y la eventual reducción del número de legisladores.



Esto significa que el árbitro electoral y las reglas del juego estarán en disputa. Y cuando esto ocurre, la política se vuelve más impredecible e intensa.

De manera simultánea, en este 2026 inician los preparativos de las elecciones judiciales en 2027, que pueden leerse como un nuevo territorio político

Aunque no se muestra como una reforma judicial electoralizada, sí se discuten figuras como jueces sin rostro por temas de seguridad mientras se realizan procesos locales de elección o designación de jueces y magistrados, como en Sonora.

Asimismo, la agenda judicial se entrelaza con reformas penales, administrativas y de protección a jueces.

Esto abre una pregunta crucial:

¿Qué pasa cuando el sistema judicial entra en procesos de selección más visibles, públicos y disputados?

En cualquier país, cuando los cargos judiciales se vuelven electivos o altamente mediáticos, la frontera entre justicia y política se vuelve más porosa. ¿Se politizará la justicia abiertamente?

La justicia no se “politiza” de la nada; se visibiliza su dimensión política. Los procesos judiciales siempre tienen un componente político, pero cuando hay reformas electorales profundas, se discuten mecanismos de protección o anonimato para jueces, se ajustan códigos penales y administrativos y se realizan procesos de selección judicial en un clima de alta polarización. Entonces la política deja de ser subterránea y se vuelve explícita.

2026 será un año donde la justicia estará en el centro del debate público. No necesariamente porque se “corrompa”, sino porque se redefinirán sus atribuciones y discutirán sus mecanismos de selección. También se revisará su relación con el poder electoral.

La pregunta no es si habrá politización, sino qué tipo de politización. Hay politizaciones que degradan, como la captura, presión y propaganda. Y hay politizaciones que fortalecen transparencia, rendición de cuentas, debate público informado. El reto será distinguirlas.

Entonces 2026 no es solo un año de reformas, sino un lapso donde el país renegocia sus rituales de legitimidad. ¿Quién nombra, quién vigila, quién interpreta la ley, quién arbitra el conflicto?

martes, 6 de enero de 2026

Ley Trasciende: México inicia el debate legislativo sobre la eutanasia y el derecho a una muerte digna.

Ley Trasciende: México inicia el debate legislativo sobre la eutanasia y el derecho a una muerte digna.

La Ley Trasciende impulsa el debate sobre eutanasia y muerte digna en México, reconociendo el derecho a decidir en casos de enfermedad terminal.

La Ley Trasciende, iniciativa que propone legalizar la eutanasia y reconocer el derecho a una muerte digna en México, llegó recientemente a la Cámara de Diputados tras ser presentada en el Senado por la activista Samara Martínez, quien enfrenta una enfermedad renal terminal. El proyecto busca reformar la Ley General de Salud para eliminar la prohibición vigente y garantizar que los pacientes con enfermedades incurables o degenerativas puedan decidir sobre el final de su vida con acompañamiento médico, ético y humano.


Una iniciativa respaldada por más de 128 mil firmas

La activista Samara Martínez, acompañada de legisladores de distintos partidos, presentó la Ley Trasciende el pasado martes 28 en el Senado y posteriormente ante la Cámara de Diputados, respaldada por más de 128.000 firmas ciudadanas. La propuesta cuenta con el apoyo de senadores del Partido Acción Nacional (PAN), Partido Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), lo que la convierte en una de las iniciativas con mayor pluralidad política en materia de salud y derechos humanos.

Durante la presentación, el diputado Manuel Vázquez Arellano, legislador de Morena y sobreviviente de Ayotzinapa, expresó su respaldo: “Toda mi solidaridad para este esfuerzo colectivo, para Samara Martínez y para todas las personas que han estado luchando durante años por el derecho a morir con dignidad. Nos sumamos a este esfuerzo”.

Por su parte, la senadora Lilia Margarita Valdez Martínez, presidenta de la Comisión de Gobernación del Senado, afirmó que México debe superar los prejuicios históricos en torno a este debate: “Ya no estamos en el México de hace 100 o 300 años, en donde los tabúes y las ideas se nos inculcaban a través del miedo, la ignorancia o la poca fraternidad”.

Los pilares de la Ley Trasciende

La Ley Trasciende plantea una reforma a la Ley General de Salud que busca derogar el artículo 166 Bis 21, el cual prohíbe la práctica de la eutanasia y el suicidio asistido, considerados actualmente como homicidio por piedad.

El proyecto establece que las personas mayores de edad que padezcan enfermedades terminales, crónicas, degenerativas o discapacitantes puedan decidir sobre el final de su vida bajo condiciones reguladas y seguras.

Para ejercer este derecho, el paciente deberá:

  • Contar con dos dictámenes médicos coincidentes que acrediten su estado de salud.
  • Estar en pleno uso de sus facultades mentales.
  • Expresar su decisión ante notario público y reiterarla cinco días después.

Martínez enfatizó que el objetivo de la ley no es promover la muerte, sino “humanizarla”:

“La Ley Trasciende no busca promover la muerte, busca humanizarla. Busca que ningún mexicano o mexicana tenga que morir sufriendo con dolor, con miedo, y sobre todo con agonía. Porque morir con paz también es un derecho”.

Eutanasia y derecho a decidir: una colisión de derechos humanos

El debate sobre la eutanasia en México enfrenta un complejo equilibrio entre el derecho a la vida y el derecho a la dignidad. La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, Reyna Celeste Ascencio Ortega, advirtió que el Congreso debe legislar con prudencia ante un tema que involucra principios éticos, religiosos y jurídicos:

“Por un lado, está el derecho a la vida y, por otro, se analizará introducir a la Constitución el derecho a la muerte digna, bajo el entendido de que se honra el valor de la vida y la dignidad de cada persona hasta el último instante”.

La senadora subrayó que la iniciativa demanda una discusión profunda con participación de especialistas en bioética, profesionales de la salud, juristas y organizaciones civiles, para evitar una legislación polarizada o basada únicamente en criterios morales.

Un debate con trasfondo ético, médico y social

En México, la eutanasia continúa siendo un tema tabú pese al avance internacional de las leyes sobre muerte asistida en países como Canadá, España, Bélgica, Países Bajos, Colombia, entre otros.

En el contexto nacional, la legislación vigente solo permite los llamados “cuidados paliativos”, establecidos en la Ley General de Salud, que reconocen el derecho del paciente a rechazar tratamientos que prolonguen la vida, pero sin facultar la intervención médica para provocar la muerte.

La Ley Trasciende busca ir un paso más allá al garantizar un proceso regulado, voluntario y supervisado por profesionales, en el que se privilegie la autonomía del paciente y se elimine la criminalización de los actos de compasión.

El rostro humano detrás de la iniciativa

La impulsora de la ley, Samara Martínez, enfrenta desde hace años una enfermedad renal en etapa terminal, y ha pasado por trasplantes, quimioterapias y diálisis continuas. Su experiencia personal ha sido el motor de una causa que busca reconocer el sufrimiento humano como parte del debate sanitario y no como un asunto meramente religioso o político.

Su activismo ha logrado colocar la conversación sobre la muerte digna en el centro de la agenda pública y legislativa, respaldado por un movimiento ciudadano que demanda empatía, respeto y libertad de elección en el final de la vida.

Una agenda en construcción: los próximos pasos legislativos

Tras su presentación formal, la Ley Trasciende deberá ser turnada a comisiones para su análisis, dictamen y eventual discusión en el pleno. Si es aprobada, se convertiría en un precedente histórico en América Latina, al reconocer el derecho a decidir sobre la muerte como parte integral del derecho a la salud y la dignidad humana.

El debate legislativo no solo pondrá a prueba la madurez política del Congreso mexicano, sino también la capacidad del país para abordar temas de bioética con enfoque en derechos humanos, ciencia médica y acompañamiento social.

En palabras de Samara Martínez, la iniciativa representa una invitación a repensar la salud desde la compasión: “Morir con paz también es un derecho”.

lunes, 5 de enero de 2026

Conoce qué es el robo de identidad

 

Conoce qué es el robo de identidad

Lamentablemente, el robo de identidad es un delito muy común en nuestro país. Si deseas saber más sobre este tema, sigue leyendo este artículo, donde te explicamos qué es la identidad y qué pueden hacer con tu información personal los ladrones de identidad.

¿Qué es la identidad?

De acuerdo con la revista de Foro Jurídico, la identidad es la característica de ser una persona en concreto y no otra; lo cual, se determina por un conjunto de atributos que la diferencian y la vuelven única. Sin embargo, la importancia de la identidad radica en la validación de dichos atributos para demostrar que somos quienes afirmamos ser.

En el artículo 4º de nuestra Constitución Política, se reconoce el derecho a la identidad y registro desde el nacimiento. Por esta razón, la identidad implica que el Estado reconozca la existencia de las personas y es un derecho que habilita otros derechos, ya que ésta otorga la ciudadanía.



Robo de identidad: ¿Qué pueden hacer con mi información personal?

La revista Foro Jurídico define al robo de identidad como la acción maliciosa concerniente al uso indebido y/o no autorizado de datos, información o factores de autenticación concernientes a una persona determinada para hacerse pasar por ella, llegando a asumir su identidad ante otras personas, con la posibilidad de obtener beneficios o privilegios que le correspondía a esa persona.

De acuerdo con la Revista Forbes, la gran revolución tecnológica, nos ha otorgado grandes avances tecnológicos en años recientes; sin embargo, con la diversificación del uso de medios digitales para realizar compras y pagos de bienes y servicios, mucha de nuestra información se almacena, procesa o transmite en formato digital, lo cual ha detonado el aumento exponencial de la delincuencia cibernética. En este orden de ideas, de acuerdo con la Condusef, el delito de robo de identidad se usa de manera ilegal para abrir cuentas de crédito, contratar líneas telefónicas, seguros de vida, realizar compras e incluso, en algunos casos, para el cobro de seguros de salud, vida y pensiones.

Si necesitas asesoría legal, un abogado penal podrá ayudarte

Asimismo, de acuerdo con el periódico El Economista, existen tres vías por las cuales los delincuentes consiguen la información necesaria para hacer un intento de robo de identidad o fraude, estas vías son:

  1. El robo físico de información;
  2. El robo de identidad a través de las tecnologías de la información, y
  3. El engaño telefónico o presencial.

RFC obligatoria para mayores de 18 años

 

RFC obligatoria para mayores de 18 años

El SAT se dio cuenta de que las factureras suplantan los datos de los jóvenes para incluirlos en sus esquemas de facturación falsa.

De acuerdo con El Economista, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) busca que a partir del próximo año sea obligatorio que todas las personas mayores de 18 años tramiten su Registro Federal de Contribuyentes (RFC). A continuación, te explicamos en qué consiste esta propuesta y qué implica.

¿Cuáles son las reformas que se planean hacer?

La Miscelánea Fiscal 2022, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Ley del Impuesto sobre Producción y Servicios, Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, Código Fiscal de la Federación y otros ordenamientos.



Entre los cambios que contempla el dictamen y que impactarán directamente a los contribuyentes se encuentran los siguientes:

  • Introducción del Régimen Simplificado de Confianza en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
  • La obligatoriedad para los jóvenes mayores de 18 años de inscribirse al Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Aumento en el precio de pasaportes.
  • Alza en la entrada a museos del país.
  • Limitación en la deducción de donativos.
  • Menstruación digna: se elimina el IVA en toallas sanitarias, tampones y copas menstruales.
  • Mascotas: se elimina el IVA en los alimentos para animales y productos agrícolas, que actualmente tiene una tasa del 16%.

Si un estudiante tiene un trabajo temporal y le pagan, pero después le dejan de pagar, él podrá acceder desde su teléfono al portal del SAT y decir que está suspendido. No pasa nada y desaparecen las obligaciones fiscales.

 

Implicaciones de esta propuesta

De acuerdo con Santiago Nolasco y Maritza Pérez, para el periódico El Economista, el SAT se dio cuenta de que las factureras suplantan los datos de los jóvenes para incluirlos en sus esquemas de facturación falsa.

 

Sin embargo, se ha generado polémica alrededor de esta reforma, pues en la exposición de motivos no queda claro que el RFC obligatorio servirá para combatir la suplantación de identidad. En este sentido, el diputado del PRD, Marcelino Castañeda, cuestionó: ¿qué pasará si un adolescente se da de alta en el RFC porque ya obtiene ingresos y después pierde su trabajo?

 

Esta pregunta la respondió la jefa del SAT diciendo que: si un estudiante tiene un trabajo temporal y le pagan, pero después le dejan de pagar, él podrá acceder desde su teléfono al portal del SAT y decir que está suspendido. No pasa nada y desaparecen las obligaciones fiscales.

 

Personas que estarán obligadas a tener un RFC en 2022

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) propuso agregar a la lista de personas obligadas a inscribirse al RFC a los jóvenes mayores de 18 años, incluyendo un párrafo en el apartado A del artículo 27 del Código Fiscal de la Federación (CFF), sobre los Derechos y Obligaciones de los Contribuyentes.

 

En este sentido, la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados hizo adiciones a la propuesta, mientras que está de acuerdo con la obligación de los mayores de edad para inscribirse al RFC, especifica que los jóvenes solicitarán su inscripción bajo el rubro de “inscripción de personas físicas sin actividad económica”, por lo que no adquirirán la obligación de presentar declaraciones ni pagar contribuciones.

martes, 30 de diciembre de 2025

El Juicio de Amparo, pilar de la defensa de los derechos humanos en México, ha sido objeto de una nueva y significativa reforma en el año 2025.

 

El Juicio de Amparo, pilar de la defensa de los derechos humanos en México, ha sido objeto de una nueva y significativa reforma en el año 2025.

La reforma busca evitar que el Amparo sea utilizado como un instrumento para paralizar la acción estatal en áreas clave o para obtener beneficios colectivos de manera indirecta, centrándose en:

 

1. Limitación en la Suspensión con Efectos Generales

La reforma prohíbe explícitamente que la suspensión provisional o definitiva concedida en un juicio de amparo contra normas generales (leyes, reglamentos, decretos) tenga efectos para toda la población.

• Efecto Clave: La suspensión solo podrá beneficiar al quejoso (la persona que promovió el amparo), eliminando la posibilidad de que una sola persona logre detener la aplicación de una ley para todos, una práctica que se había desarrollado en años recientes.

2. Restricción en Casos de Interés Público

Se establecieron nuevas causales de improcedencia para la suspensión provisional, priorizando el interés social y el orden público en temas sensibles. o Bloqueo de Cuentas: Actos relacionados con el bloqueo de cuentas bancarias por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF). o Deuda Pública: Actos que afecten la contratación de deuda pública o el funcionamiento del sistema financiero. o Créditos Fiscales Firmes: Se restringe el Amparo contra créditos fiscales que ya han adquirido la calidad de firmes.



3. Ajustes en el Interés Legítimo y Procesales

La reforma también busca mayor rigor en la tramitación del juicio:

• Interés Legítimo: Se redefine para exigir que la persona quejosa demuestre una lesión jurídica real, actual y diferenciada del resto de la ciudadanía, buscando acotar la promoción de amparos con base en expectativas hipotéticas.

• Digitalización: Se impulsa el uso de medios electrónicos para agilizar la tramitación del Amparo.

• Plazos: Se establecen plazos máximos para el dictado de sentencias, buscando hacer los juicios más expeditos.

La Reforma a la Ley de Amparo de 2025 tiene como objetivo principal poner límites a las medidas cautelares (suspensiones) para evitar la parálisis gubernamental y asegurar que la protección del Amparo se aplique de manera particular al ciudadano que lo promueve, sin generar efectos generales que modifiquen el orden público o económico.

 

El abogado colaborativo: Dialogar no es ceder, es una nueva forma de ejercer la abogacía.

  El abogado colaborativo:  Dialogar no es ceder, es una nueva forma de ejercer la abogacía. Se dice que a un abogado se le conoce en los ...