lunes, 29 de diciembre de 2025

Integración de la Carpeta de Investigación

 

Integración de la Carpeta de Investigación

La integración de la carpeta de investigación: Serán todas aquellas diligencias en las que el Ministerio Público se encuentre en proceso de realizar las actividades necesarias con la finalidad de integrar la carpeta de investigación.

¿Qué es la carpeta de Investigación?

Es el antecedente de la investigación proveniente de la Procuraduría, es todo registro que sirve de sustento para aportar datos de prueba. Se entenderá por registros de la investigación, todos los documentos que integren la carpeta de investigación, así como fotografías, vídeos con o sin audio, grabaciones de voz, informes periciales y pruebas periciales que obren en cualquier tipo de soporte o archivo electrónico.

 

¿Qué es la integración de la carpeta de investigación?

La Integración de la carpeta de investigación: Serán todas aquellas diligencias en las que el Ministerio Público se encuentre en proceso de realizar las actividades necesarias con la finalidad de integrar la carpeta de investigación.

 

Algunas características de la carpeta de investigación son:

• Contiene dato de prueba (lo que está dentro de la carpeta de investigación ya sea la entrevista dela víctima así como la de un testigo, la entrevista de los policías, la inspección de un vehículo y demás objetos relacionados con el tema .

• Y comienza con la presentación de la denuncia o querella.

• Imparcial y objetiva.

• Debe ser registrado en actas.

• Se utiliza para la determinación de actos procesales en la fase preliminar como sustento de convicción en la audiencia de juicio oral.

• Participa el fiscal, la victima, el imputado, policía y diversos peritos.

• Permite construir y determinar la teoría del caso.

 


¿Por qué es importante la carpeta de investigación?

Es un derecho de las víctimas que se les procure, administre y facilite justicia.

El Ministerio público se conducirá con la finalidad de cumplir con el objeto del proceso penal que establece la Carta Magna, en su obligación de la investigación de los delitos.

Es un derecho del imputado conocer los datos de prueba que obren en su contra, quién lo acusa y porqué, para que así se posibilite su defensa técnica adecuada.

La debida integración de la carpeta de Investigación, dará certeza y seguridad jurídica a las partes del proceso penal.

El primer paso para el MP cuando conoce una denuncia va a construir una teoría del caso y se compone de:

Ø Analizar la denuncia o querella para lo cual deberá extraer la historia de los acontecimientos ahí narrados en los que encontramos, hechos, personajes, instrumentos, objetos, productos del delito, circunstancias de tiempo, modo, lugar, etc.

Ø Posteriormente el campo jurídico, refiriéndose a qué tipo o tipos penales se encuadran los hechos.

Ø Por último, el MP analizará la información con la que se cuenta y que puede constituir datos de prueba.

Una vez iniciada la carpeta de investigación, previa integración de la misma y con los datos de prueba suficientes según sea el caso, el Ministerio Público podrá arribar a alguna de las siguientes determinaciones: a) Abstención de investigar b) Archivo temporal c) No ejercicio de la acción penal d) Criterio de oportunidad e) Ejercicio de la acción penal. (continuar con el proceso)

 

¿Qué debe contener la carpeta de investigación?

• Datos de prueba suficientes, pertinentes e idóneos para cumplir con el objeto del proceso penal.

Para llegar hasta esos datos de prueba el MP deberá integrar la carpeta de investigación con las diligencias y registros de actos de investigación.

 

Si es en flagrancia – Registro de inicio (puesta a disposición) -Registro de lectura de derechos del imputado -Registro de nombramiento de defensor del imputado- Certificación Médica del Imputado- Registro de lectura de derechos de la víctima u ofendido-Registro de nombramiento de asesor jurídico de la víctima- Entrevista de denunciante, querellante, víctima o ofendido-Entrevista de policías que ponen a disposición al detenido-Informe policial homologado con sus anexos-Objetos, instrumentos o productos del delito- Registro de verificación de flagrancia-Registro de retención -Entrevista de testigos-Informes de Investigación-Opiniones técnicas de diversas especialidades periciales-Información remitida por diversas autoridades y dependencias-Información solicitada al sistema penitenciario respecto del imputado- Audiencia de conciliación en carpeta de investigación-Acuerdo de determinación.

 

Registro SIN detenido- Registro de lectura de derechos de la víctima u ofendido- Registro de nombramiento de asesor jurídico de la víctima- Entrevista de denunciante, querellante, víctima o ofendido-Entrevista de testigos- Informes de Investigación- Opiniones técnicas de diversas especialidades periciales- Información remitida por diversas autoridades y dependencias (videograbaciones del C5, IMSS, SEMOVI etc.)- Información solicitada al sistema penitenciario respecto del imputado- Información de SIIPOL respecto al imputado- Datos de prueba respecto de la reparación del daño-Solicitudes respecto de si el imputado ha celebrado previamente acuerdos preparatorios o si se le ha autorizado suspensión condicional del proceso.

La responsabilidad penal de los profesionales de la salud en su labor

 

La responsabilidad penal de los profesionales de la salud en su labor

Las actividades profesionales conllevan responsabilidades para los profesionistas que no cumplen con los estándares y protocolos establecidos para la prestación del servicio. En este sentido, médicos, dentistas, enfermeras y, en general, todos los profesionales de la salud pueden enfrentar responsabilidades de carácter administrativo, civil y penal.

En este contexto, abordaremos específicamente la responsabilidad penal de los profesionales de la salud en el Estado de Jalisco.

 

En el estado de Jalisco coexisten dos jurisdicciones que se superponen: la jurisdicción federal y la local o estatal. La primera corresponde a los juzgados federales y, por ende, al Ministerio Público de la Federación; mientras que la segunda corresponde a los jueces del Estado de Jalisco y, como órgano investigador, al Ministerio Público de la Fiscalía del Estado. Esta distinción es crucial para determinar la ley aplicable y los órganos responsables de la procuración y administración de justicia que intervendrán en el proceso.

Por lo general, los profesionales de la salud adscritos al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) están sujetos a la jurisdicción federal debido a que actúan como servidores públicos federales al prestar servicios de salud. En cambio, aquellos no adscritos a estas instituciones quedan sujetos a la jurisdicción estatal.

Un delito se define como una acción u omisión que está descrita por el legislador en el Código Penal o en alguna ley especial, como es la Ley General de Salud. Por lo tanto, para que una conducta sea considerada delito, debe existir una norma penal que lo establezca antes de su comisión.

 


Los delitos a los que pueden enfrentarse los profesionales de la salud suelen ser homicidio y lesiones, que derivan directamente de sus acciones o de la omisión de atender adecuadamente al paciente. También se consideran el abandono de un paciente y la negación de servicio en situaciones de urgencia.

 

Para establecer la responsabilidad en la comisión de un delito, es fundamental demostrar que el profesional de la salud actuó con dolo o culpa. Estos elementos, conocidos como subjetivos, dependen de la intención del sujeto activo del delito en el momento de la comisión del acto. El dolo implica que el médico quiso causar daño, mientras que la culpa se refiere a que el médico no tuvo la intención de causar daño, pero era previsible que este resultara de su conducta negligente.

 

La profesión médica no está reglamentada en detalle por una norma específica; por ello, los profesionales de la salud deben seguir los estándares establecidos por los miembros de la comunidad médica, lo que constituye la praxis médica. Esto abarca todas las acciones que debe realizar un médico capacitado, como el correcto lavado de manos antes de una cirugía, el ángulo adecuado para introducir una aguja, la profundidad correcta del corte con un bisturí, entre otros aspectos.

La responsabilidad médica puede originarse por tres factores: negligencia, imprudencia o impericia.

 

La negligencia se refiere a la falta de aplicación de normas técnicas o científicas de la medicina; la imprudencia, a la creación de un riesgo innecesario; y la impericia, a la falta de conocimiento del médico en la realización de un procedimiento.

 

Por tanto, la prueba esencial para acreditar la responsabilidad penal médica es la pericial realizada por otro médico, quien debe considerar todas las circunstancias que rodearon la acción del médico tratante. Este perito debe aplicar sus conocimientos científicos y técnicos, analizar la misma información disponible para el médico al tomar las decisiones que causaron el daño al paciente, y determinar si era razonable esperar acciones diferentes por parte del médico tratante en el momento de la conducta cuestionada.

Las penas a las que se enfrenta un profesional de la salud si es declarado culpable pueden incluir prisión y la obligación de reparar el daño. Además de la suspensión en el ejercicio de la profesión, de manera provisional o definitiva.

lunes, 22 de diciembre de 2025

Qué es la privacidad en línea y cómo protegerla

 

Qué es la privacidad en línea y cómo protegerla

Entender y gestionar estos aspectos te ayuda a navegar de manera más segura y a mantener el control sobre tu información personal.

 

Qué es la privacidad en línea

La privacidad de la información en internet se refiere al control que tienes sobre tus datos personales mientras navegas por la web. Esto implica decidir qué información compartes, con quién y cómo se utiliza.

Mantener la privacidad y seguridad en línea es esencial para protegerse de riesgos como el robo de identidad o el fraude. Por ejemplo, las cookies en internet son pequeños archivos que los sitios web almacenan en tu navegador para recordar tus preferencias. Aunque pueden mejorar tu experiencia de navegación, también pueden recopilar datos sobre tus hábitos en línea.



Derecho a la privacidad en línea

En México, el derecho a la privacidad y seguridad en internet está respaldado por leyes como la Ley Federal de Protección de Datos Personales (LFPDPPP) y la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO). 

Estos marcos legales buscan proteger tu información personal en manos tanto de entidades privadas como gubernamentales, garantizando prácticas transparentes y seguras.

Tus derechos digitales incluyen:

— Acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO): puedes revisar, modificar o eliminar tus datos personales en manos de terceros.

— Consentimiento informado: las organizaciones deben obtener tu autorización antes de usar tus datos para garantizar tu privacidad y seguridad digital.

— Aviso de privacidad: toda entidad debe informar cómo y para qué utilizará tu información, lo que te protege contra el mal uso de datos.

Con estas normativas, México promueve un entorno digital más seguro y protege tu derecho a decidir sobre tu información en línea.

Cómo mantener la privacidad y seguridad en línea

En México, la privacidad y seguridad en línea son temas de creciente importancia debido al aumento de usuarios de internet y las amenazas cibernéticas. Según la Asociación de Internet MX, en 2024, el 82% de los internautas identificaron el robo de datos personales como el principal riesgo al navegar en la web.

A pesar de esta preocupación, un estudio de la misma asociación reveló que el 45% de los usuarios cree que sus dispositivos están protegidos contra amenazas en internet, mientras que el 29% no sabe si su equipo es seguro y el 26% afirmó que no lo es.

Estos datos reflejan la necesidad de que los usuarios en México aprendan cómo establecer niveles de seguridad y privacidad en internet, comprendiendo los riesgos y adoptando prácticas que protejan su información personal en el entorno digital.

10 recomendaciones para proteger tu identidad digital

¿Cómo podemos proteger nuestros datos personales? Estas medidas te ayudarán a conseguirlo:

Usa contraseñas fuertes y únicas

Crea contraseñas complejas con letras, números y símbolos. Evita usar la misma clave en diferentes cuentas, ya que esto facilita el acceso a todas si una se ve comprometida.

Activa la autenticación de dos factores (2FA)

Esta medida agrega una capa extra de protección pidiendo un código adicional al iniciar sesión, que puede ser enviado a tu teléfono o generado por una app. Esto dificulta que alguien acceda a tus cuentas incluso si obtiene tu contraseña.

Mantén tu software actualizado

Las actualizaciones suelen incluir parches de seguridad para corregir vulnerabilidades que los ciberdelincuentes podrían aprovechar. Asegúrate de mantener tus dispositivos y aplicaciones al día.

Configura la privacidad en redes sociales

Revisa con regularidad la configuración de privacidad de tus perfiles. Limita quién puede ver tus publicaciones, tu información personal y tus contactos para evitar compartir más de lo necesario con desconocidos.

Evita usar redes wifi públicas no seguras

Estas redes pueden ser interceptadas con facilidad por hackers. Si necesitas usarlas, utiliza una VPN para cifrar tu conexión y proteger tus datos personales de posibles ataques.

Desconfía de correos y enlaces sospechosos

El phishing es una técnica común para robar información personal. Si recibes un correo inesperado o con un enlace dudoso, verifica primero su autenticidad antes de hacer clic o descargar archivos adjuntos.

Utiliza un gestor de contraseñas

Esta herramienta te permite crear claves seguras y únicas para cada cuenta. No solo te facilita el acceso, sino que también evita que uses contraseñas débiles o repetidas.

Desactiva la geolocalización cuando no sea necesaria

Muchas aplicaciones solicitan acceso a tu ubicación. Desactiva esta función cuando no sea imprescindible para evitar que se recopile información sobre tus movimientos y hábitos.

Haz copias de seguridad de tus datos importantes

Guarda tus archivos en dispositivos externos o en la nube con regularidad. Así podrás recuperarlos en caso de pérdida de datos por un ataque o un fallo técnico.

Infórmate sobre seguridad digital

Mantente al tanto de las últimas tendencias y amenazas en ciberseguridad. Cuanto más sepas sobre los riesgos, mejor podrás protegerte y reaccionar a tiempo ante posibles incidentes.

Con estas prácticas, estarás tomando pasos importantes para proteger tu identidad y mantener un nivel sólido de privacidad y seguridad en internet.

Tipos de interrogatorio en juicios orales

 

Tipos de interrogatorio en juicios orales

 

Para los juicios orales, existen varios tipos de interrogatorios. Cada uno de ellos cumple un propósito y sigue reglas específicas para garantizar el proceso.

¿Cuántos tipos de interrogatorios existen?

Hay diferentes tipos de interrogatorios. Entre ellos se encuentran el interrogatorio indirecto, directo, redirecto el contrainterrogatorio y el re-contrainterrogatorio. Estos procedimientos se complementan y permiten a las partes del juicio desarrollar su argumentación, refutar pruebas y obtener declaraciones clave.

Te explicamos en qué consisten las variaciones de interrogatorio, contrainterrogatorio directo y redirecto: 

Contrainterrogatorio

El contrainterrogatorio es la oportunidad que tiene el abogado litigante de la parte contraria para cuestionar al testigo presentado por la parte inicial. Su objetivo principal es desacreditar el testimonio, exponer contradicciones o reforzar puntos a favor del interrogador.

Ejemplos de contrainterrogatorio

Un ejemplo de contrainterrogatorio podría ser el siguiente:

  • Abogado: ¿Es cierto que usted declaró haber estado en el lugar del incidente?
  • Testigo: Sí.
  • Abogado: Entonces, ¿por qué en su primera declaración omitió ese detalle clave?

Este tipo de preguntas en un interrogatorio busca resaltar incongruencias. 



Interrogatorio directo

En este tipo de interrogatorio, el abogado presenta su propio testigo, buscando obtener un relato claro, coherente y detallado que respalde la teoría del caso. Para ello, utiliza principalmente preguntas abiertas, que permiten al testigo precisar, aclarar o puntualizar aspectos específicos.

Generalmente, los jueces conceden a los abogados más de dos oportunidades para llevar a cabo el interrogatorio directo y el contrainterrogatorio. Estas instancias adicionales se simplifican con el nombre re-directo y re-contrainterrogatorio.

Ejemplos de interrogatorio directo

Un ejemplo típico sería:

  • Abogado: ¿Puede describir lo que observó el día del accidente?
  • Testigo: Vi un automóvil cruzar el semáforo en rojo y golpear a un peatón.

El interrogatorio directo e indirecto difieren principalmente en que cómo enfoca una narrativa inicial. El directo se presenta sin influencias externas, mientras que el indirecto aborda aspectos relacionados de forma secundaria.

Interrogatorio indirecto

Se utiliza para profundizar en detalles o abordar puntos que quedaron vagos. Los tipos de preguntas en interrogatorio indirecto refuerzan los detalles importantes.

Ejemplos de interrogatorio indirecto

  • Abogado: Mencionó que el auto iba rápido. ¿Podría estimar la velocidad aproximada?
  • Testigo: Calculo que iba a unos 80 km/h en una zona de 40 km/h

Ejemplos de re-contrainterrogatorio

  • Abogado: ¿Podría repetir cómo llegó a estimar la velocidad del automóvil?
  • Testigo: Observé la distancia y el tiempo que tardó en pasar el cruce. 
  • Abogado: ¿Es usted experto en cálculos de velocidad?

Interrogatorio redirecto

El interrogatorio redirecto permite aclarar aspectos confusos o refutar posibles ataques que surgieron en el contrainterrogatorio. Es una oportunidad para fortalecer el testimonio de un testigo clave.

Ejemplos de interrogatorio redirecto

  • Abogado: ¿Podría detallar qué herramientas utilizó para calcular la velocidad?
  • Testigo: Utilicé mi experiencia como ingeniero de tránsito para estimarla.

En este caso, el redirecto fortalece la posición del testigo ante los cuestionamientos anteriores.

Formación integral para dominar los interrogatorios en juicios orales

En UNIR México, nos enfocamos en preparar a profesionales capaces de desenvolverse con éxito en los juicios orales, aplicando los principios fundamentales del Sistema Penal Acusatorio y los procesos civiles. La Maestría en Juicios Orales en línea está diseñada para dotarte de las herramientas necesarias para enfrentar los desafíos legales de manera efectiva.

Qué es el código fiscal de la federación

 

Qué es el código fiscal de la federación

Según el Código Fiscal de la Federación, las contribuciones se dividen en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos.

 

¿Sabes qué es el Código Fiscal de la Federación? El CFF es un conjunto de normas que regula las relaciones fiscales en México. Este código guía la correcta recaudación de impuestos, el cumplimiento de las obligaciones fiscales y la protección de los derechos de los contribuyentes.

 

¿Qué es el Código Fiscal de la Federación?

El Código Fiscal de la Federación (CFF) es un cuerpo normativo que establece los principios, derechos y obligaciones de los contribuyentes, además de los procedimientos administrativos y legales que deben seguirse para cumplir con las leyes fiscales.

El código establece las bases para determinar quiénes deben pagar impuestos, cómo se deben calcular y cuándo se deben pagar. También detalla el marco dentro del cual las autoridades fiscales realizan auditorías, inspecciones y verificaciones, y cuáles son las sanciones por incumplimiento. 

Estructura del Código Fiscal de la Federación

Después de entender qué es el reglamento del código fiscal de la federación. Debes saber que esta ordenanza se plantea en capítulos y artículos. Esta organización facilita la comprensión del derecho fiscal:

  1. Parte general: establece las definiciones de contribuyentes y laclasificación de las contribuciones de acuerdo al código fiscal
  1. Parte especial: detalla los procedimientos que deben seguirse para la aplicación de mecanismos para la recaudación, el cobro de impuestos y las auditorías.
  2. Sanciones y delitos fiscales: define las infracciones y sanciones correspondientes, incluyendo multas y juicios penales.
  3. Reglamentos y disposiciones complementarias:  explican ciertas instrucciones adicionales que regulan la ejecución y el control de las leyes fiscales. 

Disposiciones generales del Código Fiscal de la Federación

Las disposiciones generales del Código Fiscal de la Federación señalan quién es considerado un contribuyente, cuáles son sus derechos y obligaciones, y cómo deben llevarse a cabo los procesos de recaudación de los impuestos. 

Por ejemplo, una de las disposiciones más importantes es la obligación de todos personas físicas y morales de declarar sus ingresos y pagar gravámenes de acuerdo con el sistema tributario federal. También establece el derecho de los contribuyentes a impugnar actos administrativos si consideran que sus derechos están siendo vulnerados. 

Clasificación de las contribuciones de acuerdo al Código Fiscal

Según el Código Fiscal de la Federación, las contribuciones se dividen en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos.

Los impuestos son los pagos obligatorios destinados a financiar el funcionamiento del estado. Las aportaciones de seguridad social mantienen los sistemas de salud y pensiones, mientras que las contribuciones de mejoras se refieren a las aportaciones que se hacen en beneficio de la infraestructura de una comunidad. Finalmente, los derechos son los pagos que se realizan por el uso de ciertos servicios públicos. 



¿Cuántos artículos tiene el Código Fiscal de la Federación?

Los impuestos son obligación de todos, pero la mayoría desconoce cuántos artículos tiene el Código Fiscal de la Federación. El CFF está estructurado en cinco títulos principales con un total de 196 artículos, además de artículos transitorios que complementan sus disposiciones y un reglamento que detalla su aplicación. 

El Artículo 1º establece que tanto las personas físicas como las morales tienen la obligación de contribuir a los gastos públicos conforme a lo señalado en las leyes fiscales, y aclara que las disposiciones de este código se aplican de manera supletoria a otras normativas. 

Por otro lado, el Artículo 2º clasifica las contribuciones en cuatro grandes categorías: impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos.

¿Para qué sirve el Código Fiscal de la Federación?

A través de esta normativa, el gobierno asegura que los ciudadanos y empresas cumplan con sus derechos y obligaciones como contribuyentes. 

¿Para qué sirve el código fiscal de la Federación? Una de las principales funciones es garantizar que los ingresos tributarios sean suficientes para financiar servicios públicos, como la educación, la salud y la infraestructura. Además, puntualiza cuáles son los delitos fiscales y las sanciones en caso de infracción. 

También establece cuáles son las acciones para resolver conflictos entre los contribuyentes y las autoridades fiscales, ofreciendo claridad sobre los derechos de ambos lados.

Importancia del Código Fiscal de la Federación

La importancia del Código Fiscal de la Federación proporciona un marco estructurado que facilita la gestión eficiente de las obligaciones tributarias, asegurando que los contribuyentes conozcan y puedan cumplir con sus responsabilidades fiscales de manera adecuada.

Este código también tiene una influencia significativa en la economía del país, pues indica un procedimiento de recaudación de impuestos equitativo y transparente. Gracias a este sistema, el gobierno puede asegurar educación, salud, transporte, seguridad e infraestructura, velando por el bienestar de todos los ciudadanos.

martes, 9 de diciembre de 2025

Contribuciones al gasto público

 

Contribuciones al gasto público

El sector público no es otro que el conjunto de organismos e instituciones que son manejadas directa o indirectamente por el Estado, y que también representa a la propiedad colectiva o privada.

Una contribución se define como una cuota o cantidad que se paga con el fin de cubrir cargas del Estado. Estas contribuciones forman parte de los ingresos que, entre otras cosas, se deben destinar al gasto público. Para acabar de definir este término es importante mencionar otros que complementarán esta información.



¿Cómo se obtienen las contribuciones?

En este punto se debe ingresar otro término, el ingreso público, estos recursos se obtienen, según el Código Fiscal de la Federación, mediante:

  1. Contribuciones: impuestos, derechos, aportaciones de Seguridad Social y contribuciones de mejoras.
  2. Aprovechamientos
  3. Productos
  4. Accesorios: Recargos, sanciones, gastos de ejecución, indemnización por cheques devueltos.

De esta forma, el Estado obtiene los recursos para realizar su gasto en el Sector Público y subsanar otras necesidades.

¿Qué es el Sector Público?

El sector público no es otro que el conjunto de organismos e instituciones que son manejadas directa o indirectamente por el Estado, y que también representa a la propiedad colectiva o privada, pero, ¿Quiénes conforman este sector? Lo conforman los siguientes organismos:

  • El poder legislativo
  • Poder ejecutivo
  • Poder judicial
  • Organismos públicos autónomos como instituciones, empresas y personas que realizan alguna actividad económica en nombre del Estado y que se encuentran representadas por el mismo

Estos organismos y empresas necesitan recursos para operar, por lo que el Estado destina cierto presupuesto para asignarles y que cumplan sus funciones.

Toda persona al pagar sus impuestos o incluso al pagar una multa está contribuyendo al ingreso del Estado, por lo consiguiente aporta al gasto público.

Tipos de Gasto público

Tenemos entonces que el gasto público son los recursos que gasta el sector público para llevar a cabo sus funciones y cumplir con las actividades que les fueron asignadas. Existen cuatro tipos de gastos públicos, estos son:

  • Gasto corriente: son recursos destinados a las operaciones más básicas del Estado, como los son salarios y determinados servicios públicos.
  • Gasto de capital: es el gasto destinado a la obtención de activos ya sean tangibles e intangibles y a la compra de medios para realizar actividades corrientes.
  • Gasto de transferencia: estos recursos se asignan a programas sociales de apoyo a ciertos sectores, por ejemplo, el seguro de desempleo o apoyo a empresas.
  • Gasto de inversión: este gasto se considera de inversión cuando tiene como objetivo crear, aumentar o mejorar el capital público ya existente.

Toda persona al pagar sus impuestos o incluso al pagar una multa está contribuyendo al ingreso del Estado, por lo consiguiente aporta al gasto público y a las siguientes actividades:

  • Seguridad pública
  • Empleo
  • Educación pública
  • Alumbrado público
  • Transporte

martes, 18 de noviembre de 2025

Principales problemas en las cárceles de México

 

Principales problemas en las cárceles de México

En México no son desconocidos los problemas que enfrentan las cárceles federales o estatales, sin embargo, considero que es necesario insistir en erradicarlos para dar cumplimiento al objetivo de la pena de prisión establecido en el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual consiste en lograr la reinserción social del sentenciado y procurar que no vuelva a delinquir.

A continuación, haré una breve descripción de los principales problemas en el ámbito penitenciario nacional y al final daré algunas propuestas para una posible solución.

La Sobrepoblación: se dice que las cárceles están saturadas, que no caben las personas privadas de la libertad (PPL), de acuerdo con los datos obtenidos con la aplicación del Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2024, por personal de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en 80 de los 145 centros estatales visitados se presentó sobrepoblación.

Las cifras que se tienen registradas en el Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria Nacional del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Reinserción Social de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, dice que, en el mes de septiembre del 2025, la población privada de la libertad a nivel nacional es de 254,109 y la sobrepoblación es de 27,663, en 14 Centros Federales, 13 en la CDMX y 249 Estatales, dando un total de 276 Centros Penitenciarios.

Con el dato antes mencionado, se desprende que en 136 centros penitenciarios se cuenta con sobrepoblación, por lo que habría que pensar en hacer una mejor estrategia para ubicar de una mejor manera a los PPL y con ello poner las bases del tratamiento para lograr la reinserción social.

Debemos tomar en cuenta que en algunos estados de la república las cárceles no están saturadas, sino por lo contrario tienen lugares disponibles, dentro de la sobrepoblación nacional, pero en la realidad pudiéramos decir que el problema no es de cuantos, sino de una mejor distribución como ya lo mencioné.  

La Drogadicción: considero que en México aún no tenemos un gran problema de farmacodependencia ya que generalmente los estimulantes, psicotrópicos y otras sustancias que envenenan a la gente y que se han convertido en una gran problemática a nivel mundial se anidan principalmente en los países de alto poder económico y nuestro país no lo tiene, sin embargo, el consumo de sustancias psicoactivas se ha generalizado en sectores juveniles y en otros que hacen una verdadera problemática social.

Con una buena organización y planeación penitenciaria se puede aprovechar la estancia de los PPL que llegan por problemas de farmacodependencia para sanearlos, hay que tomar en consideración que la droga dura, la que viene del opio, que es la que produce el síndrome de abstinencia que desde luego será más difícil de erradicar, estará difícilmente en los penales, generalmente usan otro tipo de fármacos principalmente la marihuana, las anfetaminas, el ácido lisérgico, por excepción la cocaína.

Ante esta situación, habría que establecer los protocolos necesarios para aplicarlos a las personas al momento de su ingreso al centro penitenciario para tratar de erradicar la drogadicción o farmacodependencia, tomando en cuenta las diferentes formas de atacar el problema y los síndromes de abstinencia.

Por otro lado, habrá que evitar a toda costa que entren drogas a los centros, para esto se tienen que establecer sistemas de control muy detallados, es decir, control sobre control.

Se dice que cuando se encuentra droga en un centro penitenciario, hay que voltear a ver al personal de seguridad, a las visitas de los PPL, principalmente a la familia y amigos, ya que, aunque hay una queja constante en todos los niveles de las prisiones, de los familiares, sobre todo, mujeres que dicen que se les hacen revisiones infamantes y exageradas, sin embargo, la mayoría de las ocasiones se han encontrado diferentes tipos de sustancias psicoactivas en el cuerpo u objetos que llevan consigo.

En los centros federales, se tienen aparatos como detectores de metales, arco detector multizona, detector corporal de cavidades, escaner de seguridad para el control rápido de personas, sistema de inspección vehicular, entre otros, desde luego estos equipos son bastante caros, pero son una de las soluciones para evitar que ingresen fármacos y cualquier otro objeto prohibido, de esta manera se reducen las protestas de los PPL y de los familiares al manifestar que las revisiones son invasivas en su persona.

También dan buen resultado los perros que están perfectamente adiestrados para identificar y señalar olores de narcóticos y eso inhibe bastante a los visitantes.

El Alcoholismo: desde luego el mismo tratamiento se le puede dar a una persona que usa fármacos, se puede aprovechar la estancia de ellos para suprimir estas enfermedades dentro de la prisión, porque desde mi punto de vista el problema es grave ya que por lo regular los delitos imprudenciales y los más violentos se cometen en estado de ebriedad.

Existe un principio jurídico penal que se llama “acciones libera in causa”, (acciones libres en su causa), el cual establece la responsabilidad de la persona que haya cometido un delito en un estado de inimputabilidad, lo cual significa que no evita que la persona que realiza la conducta deba responder por su culpabilidad ya que se da la tipicidad, la antijuricidad y la culpabilidad, porque lo relevante para el derecho penal es el momento en que la persona decide colocarse en un aparente estado de inimputabilidad para realizar esa conducta, por eso es importante que en las prisiones no debe existir las drogas ni el alcohol.

El Autogobierno: el artículo 10 párrafo cuarto de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados dice que: “…ningún interno podrá desempeñar funciones de autoridad o ejercer dentro del establecimiento empleo o cargo alguno, salvo cuando se trate de instituciones basadas, para fines de tratamiento, en el régimen de autogobierno”; por esto último hay quienes justifican este fenómeno pero no puede justificarse poner el poder de la prisión en manos de los PPL pues resultan situaciones de incremento en homicidios, fugas, motines, etc.

El autogobierno al que se refiere esa ley no es el que se practica en algunos reclusorios de la república mexicana, se trata de una parte del tratamiento que se da al interno sentenciado por determinación del comité técnico que permita, por ejemplo, que maneje una tienda.

El Aislamiento: más que un problema tiene que ser una solución, todos los penales deben tener lugares de aislamiento, hay muchos PPL que llegan ya con rencillas desde el exterior, sobre todo con personas de distintas bandas, lógicamente se van a encontrar, cuando un interno o custodio le informe al director del penal esa situación y puede haber problemas, hay que aislarlos para evitar hechos violentos. este aislamiento es para solucionar problemas.

Respecto al aislamiento, el Reglamento de la Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México, hace referencia en el artículo 159 fracción VI y IX párrafo segundo, lo siguiente:

“… Artículo 159. Los correctivos disciplinarios aplicables a la persona privada de la libertad que incurran en las infracciones previstas en el artículo anterior, son los siguientes:

VI. Aislamiento temporal sujeto a vigilancia médica hasta por 15 días continuos en los casos de las fracciones: I, II, IV, VII, IX, XV, XVI y XVII;

IX. El aislamiento de las personas privadas de su libertad se realizará de conformidad con lo estipulado en los artículos 42, 43, 44 y 45 de la Ley Nacional”. 

Por su parte, la Ley Nacional de Ejecución Penal, al respecto señala:

“Artículo 42. Restricciones a las medidas disciplinarias. Queda prohibido imponer medidas disciplinarias que impliquen tortura y tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, el encierro en celda oscura o sin ventilación y el aislamiento indefinido o por más de quince días continuos. Durante el aislamiento, la Autoridad Penitenciaria estará obligada a garantizar un mínimo de contacto humano apreciable por lo menos cada veintidós horas durante el tiempo que dure la medida”.

El artículo 43hace referencia a las Restricciones y al Aislamiento estableciendo que: “…El aislamiento temporal no será motivo de restricción o impedimento para la comunicación con el defensor en los términos de esta Ley. En el caso de mujeres embarazadas y de las madres que conviven con sus hijas e hijos al interior del Centro Penitenciario no procederá el aislamiento”.

En el artículo 44 señala respecto a laAtención Médica durante Aislamiento, la cual dice que: “…La persona sometida a una medida de aislamiento tendrá derecho a atención médica durante el mismo y no podrá limitarse el acceso de su defensor, los organismos de protección de los derechos humanos, del Ministerio Público y de personal médico que deseen visitarlo”.

Y el artículo 45 establece que el: “...Examen Médico El Centro Penitenciario deberá realizar a las personas privadas de la libertad un examen médico antes, durante y después del cumplimiento de una medida disciplinaria de aislamiento”.

Dicho lo anterior, el aislamiento solo puede ser utilizado en casos de extrema urgencia, aprobado por el Comité Técnico por el tiempo necesario y debidamente fundado y motivado en sesión ordinaria o extraordinaria.

La Fajina: es una actividad que seguramente se practicaba en Lecumberri y se refiere a actividades de limpieza que se realizan de manera denigrante y que incluyen un negocio lucrativo para algunos PPL en complicidad con determinados funcionarios o personal de seguridad, el trabajo de los internos como es el caso de la limpieza debe ser justificable con los controles adecuados y siempre con miras a la aplicación de los beneficios que para ello prevé la normatividad correspondiente.

La Revisión: debe vigilarse que esta sea efectuada por personas del mismo sexo, trátese de revisiones a los PPL o visitantes y con auxilio de los aparatos que la tecnología nos permita hacerla más eficaz.

Al respecto el Manual de Seguridad de los Centros Federales de Readaptación Social en su artículo 33 dice:

“…Toda persona que pretenda ingresar al Centro Federal será sujeta por parte del personal de las áreas de seguridad, al procedimiento de revisión personal y material, con el apoyo de los instrumentos electrónicos, equipos periféricos de detección y demás que autorice el Director General”.

Así mismo el Reglamento de la Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México señala en su artículo 112 lo siguiente:

“…Las personas visitantes que pretendan ingresar en los Centros Penitenciarios, así como los objetos que lleven consigo, o que se pretendan introducir serán revisados por el personal de Seguridad y Custodia, sirviéndose para ello de equipos electrónicos que faciliten la revisión y eviten la contaminación de alimentos o el daño a los objetos personales”.

Además, el artículo 113 refiere que:

“…La revisión a que se refiere el artículo anterior se practicará en los lugares específicamente destinados para ello y se llevará a cabo preferentemente por personas del mismo sexo que la persona revisada, con estricto apego y respeto a los derechos humanos y las demás que le atribuya la normativa vigente”.

La Corrupción: con una adecuada selección de personal efectuada por gente calificada en diversas disciplinas que participan en la aplicación de los exámenes de control y confianza puede detectar que aspirantes a un cargo o los que ya se encuentran en activo pueden ser propensos a incurrir en actos de corrupción.

Los Motines: se ha hecho evidente que fenómenos como la sobrepoblación y el autogobierno son generadores de los motines, la inseguridad produce fugas en muchos casos con complicidad de algunas autoridades o personal de seguridad.

La Visita Íntima: forma parte de los beneficios de un PPL y siempre será asignada por el personal técnico con los requisitos establecidos y con las medidas de prevención sanitaria adecuadas, debe existir un área específica para este beneficio.

Como podemos observar, estos son algunos de los principales problemas que existen en las prisiones y aunque las soluciones no son simples ni inmediatas, puedo proponer las siguientes:

1.- Llevar a cabo la creación en cada Centro de Reinserción Social, zonas de máxima seguridad.

2.- Realizar una adecuada ubicación de los PPL de acuerdo con los estudios criminológicos, tomando como base la personalidad y el grado de peligrosidad.

3.- La capacitación constante del personal de todos los niveles de acuerdo con el servicio civil de carrera penitenciaria.

4.- La voluntad política, el compromiso social y la implementación de reformas estructurales.

Con estas y algunas otras posibles soluciones se pueden sentar las bases para un sistema penitenciario más justo, eficiente y humano.



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