La Segunda Sala de la Corte ha
emitido criterios que protegen los derechos laborales de los trabajadores,
entre ellos, el derecho a la vivienda.
Al resolver una contradicción
estableció que cuando en un juicio laboral queda acreditado que el patrón
omitió el pago de las aportaciones al Infonavit, la junta debe condenar al
patrón a que las entere por el tiempo que duró la relación laboral, aunque ya
no exista dicho nexo.
Lo anterior, explicó la Sala,
ya que se trata de una prestación que se encuentra inmersa en el derecho a la
seguridad social; y porque, además, diversos pactos internacionales protegen el
derecho del trabajador a una vivienda adecuada.
Beneficio que los patrones
deben garantizar mediante aportaciones al Infonavit, con el fin de que el
trabajador pueda acceder a financiamiento accesible para adquirir una vivienda.
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