lunes, 29 de septiembre de 2025

La Corte ordenó al Tribunal de Justicia Administrativa de Nuevo León anular la resolución que obligaba al municipio de San Pedro Garza García a modificar su plan de desarrollo urbano

 

La Corte ordenó al Tribunal de Justicia Administrativa de Nuevo León anular la resolución que obligaba al municipio de San Pedro Garza García a modificar su plan de desarrollo urbano

El Pleno de la Nueva Suprema Corte de Justicia resolvió que el Tribunal de Justicia Administrativa de Nuevo León había aplicado al municipio de San Pedro Garza García un artículo que ya había sido declarado inválido por la Corte. Esto ocurrió al resolver una controversia en 2022. 

Por ello, ordenó al Tribunal anular la resolución que obligaba al municipio a modificar su plan de desarrollo urbano. 

La controversia constitucional en la que se invalidó el artículo de la Ley General de Asentamientos Humanos fue promovida por el propio municipio de San Pedro Garza. Los efectos de invalidez ocurrieron entre el municipio y los órganos que emitieron la ley. 

“La determinación del órgano jurisdiccional denunciado desconoce la competencia del municipio para decidir dentro de su ámbito territorial la clasificación de usos de suelo conforme sus propios instrumentos de planeación”, señaló la ministra de la Corte Yasmín Esquivel Mossa. 

“Está obligada respecto del municipio de San Pedro Garza García que fue la beneficiada, no está obligada respecto de otros municipios, todas las veces que se quiera aplicar este artículo al municipio de San Pedro Garza García quien obtuvo una resolución favorable dentro de la controversia 16/2017 son las veces que no se le puede aplicar dicha normatividad”, aseguró el Ministro Presidente Hugo Aguilar Ortiz.  

“La invalidez decretada en una controversia constitucional despliega efectos vinculantes para todas las autoridades que pretendan aplicar en el futuro el artículo declarado inválido”, agrego el Ministro Giovanni Figueroa. 

“Se haría nugatorio esa resolución, entonces resulta que cada que haya ese problema va a tener que promover otra controversia, no”, afirmó la Ministra María Ríos González. 

Por otra parte, la Nueva SCJN ejerció su facultad de atracción respecto de diversos amparos, al pronunciarse sobre la validez o invalidez de los artículos de la Ley General contra la Trata, del Código Penal Federal, en relación con las sanciones respecto al uso de la ayahuasca. 

Reasumió su competencia para revisar la constitucionalidad de artículos del reglamento de la Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México. 

https://youtu.be/YHZK3MbtSTc




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