Periodos legislativos:
Ordinarios y extraordinarios
“La función del poder
legislativo es generar normas con rango de leyes; además, de fiscalizar y
controlar las acciones del gobierno.”
Los periodos legislativos son
aquellos en los que se estudian, se discuten y votan las iniciativas de leyes
que se presenten, así como también se les da resolución a otros asuntos.
La forma en que se distribuyen
dichos periodos, está señalada en la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y estos, pueden ser ordinarios y extraordinarios. A
continuación, te damos más información sobre la actividad legislativa en nuestro
país.
Poder Legislativo
En México el Supremo Poder de la
Federación se divide para su ejercicio en Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
El Ejecutivo se ostenta por el
Presidente de la República; el Judicial recae en la Suprema Corte de Justicia,
el Tribunal Electoral, los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y los
Juzgados de Distrito; el Legislativo, se deposita en un Congreso General
dividido en la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados.
La función del poder legislativo
es generar normas con rango de leyes; además, de fiscalizar y controlar las
acciones del gobierno.
Composición de las cámaras
La Cámara de Diputados, cuyo
recito es el Palacio Legislativo de San Lázaro, lo componen 500 diputados, 300
electos por mayoría relativa en los 300 distritos electorales del país
(uninominales), y 200 electos por el sistema de representación proporcional
(plurinominales).
La Cámara de Senadores se compone
por 128 integrantes, 64 de ellos electos por el principio de mayoría relativa,
32 por el principio de primera minoría y 32 por el principio de representación
proporcional, mediante una lista nacional.
Tipos de periodos legislativos
El artículo 65 de nuestra
Constitución, establece que existen dos periodos de sesiones ordinarias por año
legislativo. Del 1° de septiembre hasta el 15 de diciembre, o bien, hasta el 31
de diciembre en el año de renovación del titular del Poder Ejecutivo Federal, y
del 1° de febrero hasta el 30 de abril.
Los periodos extraordinarios son
aquellos que se desarrollan sin fechas preestablecidas durante los recesos del
Congreso, y son convocados por la Comisión Permanente a solicitud del
Presidente de la República. Pueden ser del Congreso General o de una sola de
sus Cámaras, cuando se trate de asuntos exclusivos de una de ellas.
Sólo tratarán sobre el o los
asuntos que la Comisión Permanente acuerde y que se enunciarán en la
convocatoria respectiva.
“Los periodos de
sesiones son muy importantes para que las leyes y decretos que necesita el país
sean aprobados lo más rápido posible.”
Tipos de sesiones
Dentro de los periodos
ordinarios y extraordinarios, existen varios tipos de sesiones que el Congres
puede celebrar; tales como:
- Sesión Constitutiva: Se desarrolla en cada
Cámara del Congreso el 29 de agosto del año de la elección, su objetivo es
declarar la legal constitución de cada una de ellas para la legislatura
que corresponda.
- Sesión Ordinaria: Es la que se celebra durante
los días hábiles de los periodos de sesiones ordinarias.
- Sesión Extraordinaria: Se celebra fuera de los
periodos de sesiones ordinarias, o bien, en los días feriados dentro de
éstos.
- Sesión Pública: Es aquella en la que puede
asistir el público en general.
- Sesión Secreta: Es aquella en la que se trata un
asunto de estricta reserva.
- Sesión Permanente: Es la que se declara por
mayoría de votos de los legisladores presentes, para desahogar asuntos
concretos establecidos en el acuerdo relativo.
- Sesión Solemne: Es aquella que efectúa cada
Cámara o el Congreso General con algún motivo especial. Por ejemplo, para
recibir a visitantes distinguidos, imponer alguna condecoración,
conmemorar algún suceso histórico significativo, o bien, develar nombres
con letras de oro.
- Sesión de Congreso General: Se reúnen ambas
Cámaras en Pleno, para declarar la apertura de los periodos de sesiones
ordinarias; tomar la protesta al Presidente de la República; recibir el
informe presidencial, o bien, en ocasión de la falta temporal o absoluta
del Presidente de la República, para actuar como Colegio Electoral a fin
de designar al Presidente Sustituto o Interino, y expedir, en su caso, la
convocatoria a la elección correspondiente.
- Sesión Preparatoria: Es la que cada Cámara
efectúa al inicio de los periodos de sesiones ordinarias del segundo y
tercer año de ejercicio de la legislatura respectiva, y cuyos objetos
principales son la elección de los integrantes de la Mesa Directiva y la
declaratoria de instalación formal para funcionar como órganos
legislativos.
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